
El referido aporte deberá realizarse en los 30 días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio semestral, "en aras de que éste se asigne los recursos a las organizaciones cuyos proyectos, objetivos, metas y acciones estén en función con lo previsto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación"
Desde este lunes todos los bancos universales y microfinancieros sometidos a la regulación y control de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario tendrán que aportar, semestralmente, el equivalente a 5% del "Resultado Bruto antes de impuesto" al Ministerio de Comunas y Protección Social.
Así fue establecido por dicho ministerio por medio de la Gaceta Oficial Nº39.724, de fecha 29 de julio, en un resolución conjunta con el Ministerio de Planificación y Finanzas.
Según establece la resolución, el referido aporte deberá realizarse en los 30 días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio semestral, "en aras de que éste se asigne los recursos a las organizaciones cuyos proyectos, objetivos, metas y acciones estén en función con lo previsto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación".
Se informa además que el Ministerio de Comunas y Protección Social no podrá otorgar más del 5% del total de los recursos obtenidos de las instituciones a un consejo comunal, comuna u otra forma de organización social. Dicho ministerio se compromete además a crear un registro de los recursos asignados que contendrá la identificación del consejo comunal, el destino del proyecto, la fecha de solicitud de los recursos y el cronograma del proyecto, el monto aprobado, la fecha de desembolsos, el monto de cada desembolso, y el número de referencia de la transferencia bancaria con la cual se realizó cada desembolso.

